Están obligados a pagar el subsidio familiar
y a efectuar aportes al SENA y al I.C.B.F. todos
los empleadores que ocupen uno o más
trabajadores permanentes. El valor de los aportes
a pagar es del 9% sobre el valor total de la
nómina mensual y deben ser cancelados
dentro de los primeros diez días del
mes siguiente al causado. (Artículos
7º., 8º., 9º. y 10º. de
la Ley 21 de 1982 y artículo 1º.
y parágrafo 1º. Ley 89 de 1988).
Vinculación del Empleador
La vinculación a la Caja se efectúa
a través de un formulario que suministra
ComfaUnión sin costo alguno, en la oficina
de atención al cliente, situada en la
carrera 28 No 32 - 97, al cual se le adjunta
la siguiente documentación:
-
Certificado de existencia
y representación legal si se trata
de (personas jurídicas) o fotocopia
de la cédula de ciudadanía para
personas naturales.
-
Última nómina
causada por la empresa o relación de
trabajadores y salarios
-
Paz y salvo por todo concepto
y con fecha de retiro si han estado afiliados
a otra Caja de Compensación Familiar.
Vinculación del Empleado
Los trabajadores de las empresas afiliadas a ComfaUnión
deben llenar el formato de afiliación y
presentar los documentos exigidos, estos son:
Hijos Legítimos, extramatrimoniales
y Adoptivos
-
Partida de Nacimiento
-
Certificado de estudio
de los hijos mayores de 12 años.
-
Fotocopias de las cédulas
de ciudadanía del cónyuge y
el trabajador
-
Copia del aviso de entrada
dl trabajador a la E.P.S
-
Constancia sobre dependencia
de la constancia económica de las personas
a cargo(formato suministrado por ComfaUnión).
Hermanos Huérfanos de Padre
-
Partida de Nacimiento del
Trabajador
-
Partida de nacimiento de
los hermanos huérfanos
-
Partida de defunción
del padre
-
Copia de aviso de entrada
del trabajador a la E.P.S
-
Fotocopia de Ciudadanía
del trabajador
-
Certificados de estudio
de los hermanos mayores de 12 años
-
Constancia sobre dependencia
económica sobre las personas a cargo
(Formato suministrado por ComfaUnión).
-
- Partida de matrimonio
del trabajador o de la trabajadora con el
padrastro o la madrastra y para unión
libre declaración juramentada donde
conste tiempo de convivencia y si el padre
o madre biológicos reciben subsidio
familiar o le prestan ayuda económica
al menor.
-
Partida de nacimiento de
los hijastros
-
Certificados de estudio
de los hijastros mayores de 12 años
-
Fotocopia de la cédula
de ciudadanía del cónyuge y
el trabajador
-
Copia del aviso de entrada
del trabajador a la E.P.S
-
Constancia sobre la dependencia
económica de las personas a cargo (formato
suministrado por ComfaUnión).
Documentos. A partir de los 12 años y
hasta los 18 los hijos y hermanos huérfanos
de padre deben acreditar escolaridad en un establecimiento
docente aprobado, con una jornada diaria mínima
de 4 horas y de los 19 a los 23 años deben
acreditar que adelantan estudios postsecundarios,
intermedios o técnicos con los mismos requisitos
anteriores.
-
Los padres del trabajador
beneficiario se consideran personas a cargo
si son mayores de 60 años o si teniendo
cualquier edad, se haya disminuida su capacidad
de trabajo en más de un 60%, siempre
y cuando ninguno de los dos reciba salario,
renta o pensión alguna.
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